esta funciona como un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto, donde el obligado debera cobrar, declarar y pagar el impuesto generado al estado colombiano, y emitir un certificado de retención en los tiempos estipulados para que este lo descuente de su declaración de renta.
segun el articulo 368 y 23-1 del Estatuto tributario, son agentes retenedores
el estado, fondos de inversión,valores y pensión, así como uniones temporales y consorcios.
se adiciona en el articulo 368-2 las personas naturales en calidad de comerciante que obtengas ingresos o patrimonio bruto en el año inmediatamente anterior por un valor de 3000 UVT
ver artículos :
392 (honorarios)
395 (intereses o rendimientos)
401 (ingresos)
RÉGIMEN COMÚN
todo persona jurídica debe pertenecer a régimen común, sin importar el nivel de ingreso que tenga y cobrar y declara IVA, así como realizar la retención en la fuente que se requieran,
llevar contabilidad
inscribirse en el RUT
expedir facturación electrónica
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
por lo general son personas naturales comerciantes quienes poseen ingresos inferiores a 3500 uvt , donde no se desarrolla la explotación de activos intangibles, ni depósitos bancarios mayor a 3500 uvt
ver articulo 499 ET Y 506
inscribirse en el RUT y mostrar periódicamente transacciones que impliquen un valor menor de 3500 uvt
art 617 facturacion electronica voluntaria