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martes, 16 de febrero de 2016

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO SEGÚN LAS NIIF PYMES

según la IASB (2010) la propiedad, planta y equipo es definida como aquellos activos tangibles que se mantiene para su uso en la producción o el suministro de un bien o servicio, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos  y del cual se esperan usar durante más de un periodo.
De acuerdo a la sección 17 de NIIF para PYMES, Para que  xxxxxx pueda reconocer  el costo de una partida de propiedad planta y equipo, esta deberá registrar dicho activo si, y solo si, es probable que la entidad obtenga beneficios económicos futuros asociados con la partida y el costo de esta pueda medirse con fiabilidad.
En este sentido, la presente sección hace referencia a como los xxxxx abarcara el tema de reconocimiento bajo normas internacionales, donde se resalta aspecto  de cumplimiento en cuanto a la identificación de los beneficios económicos futuros, la fiabilidad en la medición, el reconocimiento de piezas de repuestos importantes y equipo de mantenimiento permanentes.
 En el caso para adopción por primera vez, la sección 35 de NIIF para PYMES, establece las pautas que deberá tener los xxxx en temas de reconocimiento, donde  prioritariamente deberá eliminar aquellas partidas que no cumplen con los requisitos para ser activos, es decir la obtención de beneficios económicos futuros y que su uso vaya más allá de un año.
 De esta forma lo que no cumpla se traslada así:
 Si son inmuebles entregados en arriendo operativo, a propiedades de inversión; si son bienes entregados, a arriendo financiero; cultivos en desarrollo, a activos biológicos, lo demás se elimina del balance.
Así mismo, se deberá verificar en la causación de las compras que se recibieron, aquellos riesgos y beneficios (según orden de compra) presente, en donde esta deberá reclasificar como activos que ya están en uso aquellas que aparecen contablemente como en tránsito, en construcción o en montaje e incluir activos que están en uso pero que no están incluidos en libros por que se depreciaron totalmente u otra razón. Para tal caso, Se deberá realizar un avaluó.
Por otra parte, la sección 17 plantea que para la medición de la propiedad planta y equipo, los xxxx deberá tener en cuenta en el momento del reconocimiento inicial el costo de adquisición más aquellos gastos que fueron necesarios para su operación, excepto la adquisición bajo arrendamiento financiero. La medición del costo en una partida de propiedad planta y equipo será el precio equivalente en efectivo en la fecha de reconocimiento. Si el pago se aplaza más allá de los términos normales de crédito, el costo deberá ser el valor presente en todos los pagos futuros.
En cuanto a la medición posterior al reconocimiento inicial, los xxxx medirá todas las partidas tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y cualesquiera perdidas por deterioro del valor acumuladas. Cabe aclarar que esta reconocerá los costos del mantenimiento diario de una partida de propiedad, planta y equipo en los resultados del periodo en el que incurra en dichos costos.
En el caso de adopción por primera vez, los xxxx deberá verificar que la propiedad, planta y equipo en cuanto a medición incluya el valor de la compra (neto de descuentos y otras) y las partidas para dejarlo listo para su uso (fletes, seguros, preparación del sitio, montaje, instalación, mano de obra, entre otros), además deberá eliminar aquellas partidas por financiación con deuda, donde se capitalizaron intereses y recalcular la depreciación desde que el activo estuvo listo para uso con base en vidas útiles apropiadas.
Por otra parte, si los Olivos decide usar como costo atribuido el valor razonable, deberá solicitar el avaluó técnico actualizado conforme a valor razonable y compararlo con el costo neto en libros para determinar el ajuste. Así mismo, si se decide usar una revaluación bajo PCGA local, se toma el avaluó realizado localmente como costo atribuido en la fecha del mismo; no es necesario analizar en detalle el costo ya que el avaluó “limpia” ese factor. Este es el nuevo costo del activo para estado de situación financiera de apertura bajo NIFF Pymes, cabe aclarar que se eliminan las valorizaciones locales.
 Ahora bien, en  virtud de lo anterior, existen dos exenciones aplicables únicamente en la preparación del estado de situación financiera de apertura; esta son, la medición de las propiedades, planta y equipo en la fecha de transición al valor razonable como costo atribuido, y una revaluación según PCGA locales como costo atribuido. Teniendo en cuenta esto, para poder asignar que opción utilizar se debe conocer el bien y ver que resulta más preciso de acuerdo a la funcionalidad y tratamiento de este. En el caso de los Olivos, supóngase que en los terrenos decide hacer uso de la exención de tomar  la revaluación  como costo atribuido. Para este propósito, contrató un avaluó técnico fijó el valor en $12.000.000. Por tanto, la entidad dará de baja en cuentas las valorizaciones reconocidas bajo PCGA locales y, reconocerá como mayor valor neto de los terrenos la diferencia en libros (ajuste al valor razonable).
La presentación de las propiedades, planta y equipo, en el Estado de situación financiera estará sujeta a la sección 4 de NIIF para las Pymes, la cual establece que en términos de presentación la entidad deberá tener en cuenta la distinción entre corriente y no corriente; evaluar que partidas adicionales, encabezamientos y subtotales son importantes para comprendes los estados financieros de la entidad y analizar si la presentación de activos y pasivos en orden de liquidez aproximada es más relevante, completa y confiable que la clasificación de corriente y no corriente.
En términos de las revelaciones, la sección 17 da a conocer que los xxxxx, deberá revelar para cada categoría de partidas de propiedades, planta y equipo, las bases de medición utilizadas para determinar el importe bruto en libros; los métodos de depreciación utilizados; las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizados; el importe en libros y la depreciación acumulada, al principio y al final del periodo sobre el que se informó; la existencia e importes en libros de las propiedades, planta y equipo a cuya titularidad los Olivos tiene alguna restricción o que esta pignorada como garantía de deudas, y el importe de los compromiso contractuales para la adquisición de propiedades, planta y equipo.

Así mismo, deberá realizar una conciliación entre los importes en libro y al final del periodo sobre el que se informa, que muestre por separado: las adiciones; las disposiciones; las adquisiciones mediante combinaciones de negocios; las transferencias a propiedades de inversión, si una medición fiable del valor razonable pasa a estar disponible; las perdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado de acuerdo con la sección 27; la depreciación, y otros cambios.

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