CONTADURIA

jueves, 24 de enero de 2019

INC IMPUES NACIONAL AL CONSUMO y DIFERENCIA CON EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El impuesto al consumo, es una estrategia de caracter tributario que el gobierno nacional implementa para el recaudo de dinero por la comercializacion de bienes y ciertos servicios resaltados en los articulos 512-1 al 512-17

HECHO GENERADOR DEL IMPUESTO AL CONSUMO
(512-1; 512-2, 512-3 ; 512-4; 512-5; 512-6)


Se da por la comercialiacion de bienes o prestación de servicio al consumidor final, caracterizado por ser un impuesto monofasico, ademas se debe declarar según las pautas del articulo 512-6, si para tal caso llevar firma si el valor es igual a 100.000 uvt

Telefonía móvil a una tarifa del 4% sobre el total del servicio por ese concepto

Bienes muebles corporales, tales como

camperos con FOB menor a USD 30000 y motocicletas con motor de embolo de cilindraje mayor a 200 c c aplicado a una tarifa de 8% del total de la compra

camperos con FOB mayor a USD 30000 tarifa aplicable del 16%

Articulo 512-5 establece que tipo de vehículos no causan el impuesto


Servicio y expendió de bebidas preparadas (Cafeterias, autoservicio, heladerias, fruterias)
(512-8, 512-9, 512-10, 512-11, 512-12, 512-13)

El código tributario define un restaurante como aquel establecimiento cuyo objeto es el servicio suministrado de comidas y bebidas procesadas destinada al consumo, ademas se consideran aquellos que prestan servicio de cafeteria, heladería, fruterías, pastelerías, panaderías (etc)

los establecimientos ubicados en centros educativos están excluidos del impuesto al consumo

la tarifa aplicable sobre el total de servicio incluyendo bebidas y adicionales de todo tipo, excluyendo propinas y los alimentos que no sufren transformaciones y se encuentra excluidos de IVA, estas deben incluirse en los listados de precio y descaminarse en la factura, señalado en el articulo 618

asi mismo, los bares y discotecas deben cobrar impuesto al consumo por las bebidas que ofrecen mas cualquier acompañante que genere valor al servicio a una taria del 8%

Los responsables de este impuesto deberan obtener ingresos brutos totales a 3500 UVT

Máximo un establecimiento de comercio

los obligados deben inscribirse como responsables y estara reglamentado por el 506 del ET

ANEXOS

Las bolsas plásticas estaran gravadas con impuesto al consumo por un valor de $40 para el 2019 y no serán tratadas como deducción en renta, son causadas al momento de la entrega.

solo aplicaran para aquellas bolsas que tengan que ver con carga de productos.

la venta de la planta de cannbis esta gravado con impuesto al consumos a una tarifa del 16%, de igual forma la venta de bienes inmuebles con valores superiores a los 26800 UVT están gravadas a una tarifa del 2% el cual debera retenerse y pagarse antes de la venta para que el notario pueda proceder con el traspaso, los bienes destinados al estado, estaran excluidos de este apartado.

CONTABILIZACION

51XXXX  GASTOS DE ALIMENTACION             XXXXXX
51XXXX  IMPUESTO AL CONSUMO                   XXXXXX
2365XX    RETEFUENTE COMPRA                                                      XXXXXXX
2367XX    RETEICA 7X1000                                                                  XXXXXXX 
2205XX    PROVEEDOR                                                                         XXXXXXX






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